Guía
¿Es obligatorio conectarse al saneamiento? Qué dice la ley
Revisada el 13/10/2026.

Consultado el 13 de octubre de 2026. Esta nota resume normas y páginas oficiales; no es asesoramiento legal. No recomienda comercios ni empresas.
Sí: si la red de saneamiento pasa por el frente de tu casa, conectarte es obligatorio. La Ley 18.840 obliga a los propietarios y promitentes compradores de inmuebles con frente a la red, salvo que el terreno esté tan bajo que no pueda desaguar por gravedad (en Montevideo, la norma departamental pide bombear igual). Si la red ya existía cuando salió la ley, en 2011, el plazo de un año ya venció; si la red es nueva, tenés dos años desde que OSE o la Intendencia te notifican. Puede haber prórroga por la situación económica del hogar, y si no te conectás corresponde una multa mensual. También hay subsidios y préstamos para hacer la obra.
Qué dice la ley
La Ley 18.840, de noviembre de 2011, dice que es obligatoria la conexión para los propietarios o promitentes compradores de inmuebles con frente a la red que tengan abastecimiento de agua, construcciones aptas para uso humano o que requieran instalación sanitaria (artículo 2). La única excepción son los inmuebles que, por su cota, no son idóneos para el saneamiento por gravedad.
En Montevideo la obligación ya estaba en la normativa departamental: el Digesto dice que los inmuebles frente a calles con saneamiento público deberán conectar sus desagües a él, y que la conexión tiene que funcionar por gravedad; si no se puede, el propietario eleva el agua a su costo (artículo D.4248). O sea: en Montevideo, la norma departamental no exime al terreno bajo, le pide bombear.
Cuánto tiempo hay para conectarse
Para las redes que ya existían, OSE (en el interior) y la Intendencia (en Montevideo) publicaron las calles con red después de aprobada la ley; para las redes nuevas, notifican a cada propietario cuando se habilita la obra (artículo 3). Los plazos del artículo 4 son:
- Si la red ya existía: un año desde el último día de aquella publicación.
- Si la red es nueva: dos años desde la notificación.
- Prórroga: OSE o la Intendencia pueden conceder hasta 24 meses más por la situación socioeconómica del hogar, medida con indicadores objetivos.
La Intendencia de Montevideo confirma los plazos en su página sobre la ley, actualizada el 1 de octubre de 2026: un año si la red ya existe y dos si es nueva.
Qué pasa si no te conectás
Vencido el plazo, la ley prevé para las viviendas una multa mensual equivalente al 100% del consumo de agua de cada mes (artículo 6). Si la casa no tiene conexión de agua, la multa equivale a tres cargos fijos del servicio de agua y saneamiento. Para viviendas, la multa nunca puede superar el 50% del valor de aforo del inmueble. Para comercios, industrias y servicios también es el 100% del consumo, estimado si tienen agua propia (artículo 7); en ese caso la ley no fija tope.
Además, sin la conexión hecha aparecen dos trabas:
- Construir: la Intendencia no da permiso de construcción en un terreno con frente a red sin el certificado de que se pidió la conexión (artículo 5).
- Vender: el Registro de la Propiedad no inscribirá la transmisión de un inmueble con construcciones sin la constancia de conexión, de que no hay colector o de que hay graves dificultades para conectarse (artículo 15). El certificado lo emite OSE en el interior y la Intendencia en Montevideo; en OSE cuesta 1 UR más IVA (página actualizada el 8/1/2026).
Si alquilás, la ley obliga a inquilinos y ocupantes a permitir el acceso para hacer las obras internas, con aviso previo del propietario (artículo 7 bis).
Ayuda para pagar la obra
La ley habilita a OSE y a la Intendencia de Montevideo a dar crédito a largo plazo y bajo costo, y subsidios totales o parciales para situaciones de vulnerabilidad (artículo 8).
- Montevideo: el Fondo de Saneamiento de la Intendencia financia los materiales de las obras mínimas, entre ellas eliminar el pozo negro, con un subsidio del 100% para hogares con ingresos de hasta 8 BPC o del 75% hasta 10 BPC, con informe social, y un tope de 70 UR en materiales. Lo que no se subsidia se devuelve en hasta 30 cuotas bimestrales sin intereses, ajustadas por IPC (Resolución 4736/24). Las obras se tienen que terminar en 90 días desde que se entregan los materiales.
- Interior: el Plan Nacional de Conexión al Saneamiento de OSE apunta a viviendas frente a la red que no pueden pagar la conexión; según su página, el apoyo es total con hasta 30 UR de ingreso familiar y parcial entre 30 y 60 UR, con un monto que define el Ministerio. Esa página, fechada el 11/5/2026, todavía menciona una exoneración que vencía el 31 de enero de 2018, así que conviene confirmarlo en un Centro de Servicio de OSE.
Cómo se hace el trámite
En Montevideo, la toma de conexión al saneamiento la pide un técnico inscripto en el registro de la Intendencia, con planos sanitarios, formulario, memoria descriptiva, título de propiedad y el informe técnico del certificado de conexión. La página del trámite (actualizada el 7/4/2026) dice que no tiene costo y que sirve también para eliminar pozos negros y cámaras sépticas; para el pozo negro pide, salvo excepciones, que sea una vivienda en la primera franja de Contribución Inmobiliaria. Quién puede firmar esos planos está en nuestra nota sobre el instalador sanitario habilitado.
En el interior se pide a OSE en persona, en un Centro de Servicio. La página del trámite (actualizada el 11/2/2025) lista el costo de la conexión según el tipo y el diámetro, de 6,05 UR (efluente decantado) o 7,41 UR (110 mm sin cámara en vereda) a 19 UR (160 mm con cámara), y aclara que hay exoneración total para hogares de programas sociales y en redes nuevas, si se pide dentro de los 6 meses de habilitada la obra y se termina en un año.
La obra dentro del terreno la hace un sanitario. Antes de pedir presupuesto podés ver cuánto cobra un sanitario por visita.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio conectarse al saneamiento en Uruguay?
Sí, si el inmueble tiene frente a la red y tiene agua, construcciones o necesita instalación sanitaria; solo se exceptúa el que por su cota no puede desaguar por gravedad. Lo dice el artículo 2 de la Ley 18.840.
¿Cuánto tiempo tengo para conectarme?
Un año desde la publicación si la red ya existía (ese plazo ya venció) y dos desde la notificación si la red es nueva, con prórroga posible de hasta 24 meses por razones socioeconómicas (artículo 4 de la Ley 18.840).
¿Qué multa hay si no me conecto?
Una multa mensual igual al 100% del consumo de agua de cada mes, con tope, en viviendas, en el 50% del valor de aforo del inmueble (artículo 6 de la Ley 18.840).
¿Puedo vender una casa sin conexión al saneamiento?
Si tiene construcciones y frente a la red, el Registro no inscribe la venta sin la constancia de conexión o de que no corresponde (artículo 15 de la Ley 18.840).
¿Hay ayuda para pagar la conexión?
Sí: en Montevideo, el Fondo de Saneamiento subsidia o presta materiales; en el interior, el plan de OSE apoya según el ingreso familiar.
Fuentes
- IMPO: Ley 18.840, conexión a las redes de saneamiento, 23/11/2011 (texto vigente)
- OSE: Ley 18.840 con modificaciones (art. 3 por Ley 19.149, art. 7 bis por Ley 18.996), compilación de noviembre de 2014
- IM, Digesto: art. D.4248, obligatoriedad de las conexiones (Decreto 32.952, 2009)
- IM: Conexión a red de saneamiento (ley 18.840), actualizado el 01/10/2026
- IM: Toma de conexión al saneamiento, actualizado el 07/04/2026
- IM, Digesto: Fondo de Saneamiento, arts. R.1730.1 a R.1730.20.1 (Res. 4736/24)
- gub.uy: Solicitud de servicio nuevo de saneamiento, OSE, actualizado el 11/02/2025
- OSE: Plan Nacional de Conexión al Saneamiento, fechada el 11/05/2026
- gub.uy: Constancias y certificados de la Ley 18.840, OSE, actualizado el 08/01/2026